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La impunidad, principal enemiga del acceso a la justicia para las mujeres.

La denuncia por violencia de género ha tenido una tendencia a aumentar, sobre todo con la entrada en vigencia de la Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia (LEIV), los esfuerzos de sensibilización impulsados por el movimiento de mujeres desde hace más de 25 años y la labor del actual gobierno, que ha promovido la denuncia y la sensibilización en la prevención de la violencia de género a través de los medios masivos de comunicación. Sin embargo, sigue siendo un reto importante el acceso a la justicia de la población en general y especialmente para las mujeres.
Una de las principales limitaciones para poder identificar la ruta crítica del acceso a la justicia para las mujeres es la falta de articulación entre el Ministerio Público y el Órgano Judicial en la emisión de datos y en el cumplimiento del principio de integralidad establecido en la LEIV. No obstante, algunos reportes periodísticos y memorias de labores nos brindan alguna información al respecto.



En La Prensa Gráfica del 24 de mayo del 2013 se reporta una tendencia a la reducción de denuncias, pero en algunos delitos relacionados con la violencia de género contra las mujeres se observa un aumento de las denuncias, como es el caso del delito contra la libertad sexual, que pasaron de 1,675 entre enero y marzo de 2012 a 1,779 en el mismo período del año 2013, y de los Delitos Relativos a las Relaciones familiares, que pasaron de 1,030 en el primer trimestre de 2012 a 1,114 en el primer trimestre de 2013.
En la Memoria de Labores de Fiscalía General de la República, correspondiente a los años 2011-2012, se destacan como casos emblemáticos, “sin precedentes”, los expedientes abiertos a los menores de edad, Mario P., de 14 años, y Henry J., de 16 años, quienes fueron declarados responsables del delito de feminicidio agravado, en perjuicio de la vida de Digna Emérita Orellana. Este caso se convirtió en el primero en que se aplicó la LEIV, que entró en vigencia en enero de 2012.
La Memoria de Labores de la Fiscalía dice que “El miércoles 5 de junio, la Fiscalía solicitó ante la Asamblea Legislativa, el antejuicio y petición de desafuero contra el diputado de GANA y miembro de la Junta Directiva de la Asamblea Legislativa, Rodrigo Samayoa, por los ilícitos de lesiones, amenazas y expresiones de violencia contra las mujeres”. Aunque en este caso la Asamblea acordó el desafuero del Diputado para que fuera sometido a un proceso judicial, el mismo quedó en libertad. Samayoa apeló ante la Corte Suprema de Justicia, que consideró los cargos como delitos menos graves y resolvió favorablemente para que el Diputado fuera restituido en su cargo.


Simbólicamente la decisión de la Corte Suprema es un mensaje para que cualquier funcionario público ejerza violencia contra las mujeres con impunidad, puesto que queda implícito que los cargos de poder predominan sobre la necesidad social de sentar precedentes para que ningún hombre, sea cual sea su condición, pueda ejercer violencia sin que la justicia lo proteja. Asímismo, independientemente de la resolución emitida por los respectivas instancias, la falta de notoria “honradez e instrucción” está totalmente evidenciada, requisito establecido en el artículo 126 de la Constitución de la República para ser Diputado.
La lentitud del proceso judicial se evidencia en datos de la Memoria de Labores mencionada, en la cual se reporta que de 12,085 delitos presentados a diferentes instancias por la Fiscalía en el año 2011, solo 5,359 tuvieron audiencia inicial o imposición de medidas. Aunque en la memoria de labores no se dice, es de conocimiento público que en muchas ocasiones las deficiencias en la presentación de pruebas por parte de la Fiscalía y en los procedimientos llevados a cabo por los jueces y juezas, constituyen limitantes para que los casos no lleguen ni siquiera a la audiencia o sean sobreseídos, sin que lleguen a una sentencia definitiva.
En este árido escenario de impunidad, las mujeres víctimas de la violencia y la discriminación de género, aunque cuentan con herramientas jurídicas, algunas políticas públicas y programas de organizaciones no gubernamentales que asesoran y acompañan procesos de denuncia, se confrontan con un Ministerio Público y con un Órgano Judicial que aún no asume en sus procedimientos la coherencia del discurso de algunos de sus altos funcionarios respecto a la necesidad de avanzar en el cumplimiento de los derechos humanos de las mujeres.
En el Diario El Mundo del 18 de junio 2013, se reporta que “de los 63 casos de feminicidios judicializados a nivel nacional, la Fiscalía reportó que en cinco casos los jueces se han negado a aplicar la Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres y en otros han modificado la calificación de feminicidio agravado por homicidio”. También se dice que “en 16 meses de vigencia de la Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres, en El Salvador solo se han logrado 16 condenas por feminicidio agravado.”
Siendo evidentes las conductas de odio- misoginia hacia las mujeres, como el más reciente caso del hombre que torturó y quemó a su compañera de vida, es recurrente escuchar opiniones de abogados, abogadas, jueces, juezas y fiscales en contra de la LEIV, en la que se ha llegado al extremo de expresar que la misoginia es “intangible” o un concepto “incomprensible” e inaplicable a los procesos judiciales.
Esos funcionarios, que deberían ser destituidos o deberían renunciar a sus cargos por incompetencia y analfabetismo jurídico, subsisten en un sistema judicial ciego, sordo y mudo para las mujeres, puesto que sus malas conductas no se deben a un asunto procesal o cognitivo, sino al ejercicio de su poder sobre las mujeres, pues los pactos entre hombres se ejercen por generación espontánea. Muchos cierran filas porque consideran que el avance del ejercicio de derechos de las mujeres es una amenaza para su legitimidad y perpetuidad patriarcal.
No dudo de que haya juezas y jueces consecuentes con los avances sociales en cuanto a garantizar a las mujeres el acceso a la justicia. Pero la resistencia a dichos cambios es totalmente perceptible y tangible en casos emblemáticos, como el del Diputado Rodrigo Samayoa y el Gerente de Kia Motors, Dagoberto Gutiérrez, quien después de la evidencia del feminicidio cometido contra su esposa fue puesto en libertad por un juez que debería ser destituido e inhabilitado de su cargo.
La Asamblea Legislativa ha dado pasos importantes con la LEIV y la Ley de Igualdad Equidad y Erradicación de la Discriminación contra las Mujeres, ambas aprobadas durante la actual gestión de gobierno. Aunque falta mucho más por hacer, se han abierto espacios especializados de atención a las mujeres víctimas de violencia. Sin embargo, el órgano judicial camina demasiado lento, con demasiada resistencia y con poca voluntad para cumplirle con su derecho a la justicia al 53% de la población salvadoreña, que son las mujeres.




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Patricia Iraheta
No hay barrera, cerradura ni cerrojo que puedas imponer a la libertad de mi mente (Virginia Woolf)